Hacia donde se dirige el asesoramiento jurídico relacionado con factores ESG
En el derecho de los negocios, los criterios ambientales, sociales y de gobernanza ('environmental, social and governance', ESG, por sus siglas en inglés) han surgido como puntos clave en la agenda de las empresas. España, al igual que otros países de nuestro entorno, ha sido testigo de un cambio significativo en el panorama legal relacionado con los factores ESG.
A medida que las empresas se internan en este terreno en constante evolución, es crucial comprender las implicaciones y adaptarse en consecuencia.
Las siglas ESG engloban tres factores esenciales que miden la sostenibilidad y el impacto social de una empresa. La "E" denota factores ambientales, que abarcan los esfuerzos de una empresa para reducir su huella de carbono, conservar recursos y promover prácticas respetuosas con el medio ambiente. La "S" significa aspectos sociales, que incluyen el trato de una empresa a sus empleados, la ética en la cadena de suministro y su contribución a las comunidades locales. Por último, la "G" se refiere a la gobernanza, indicando la estructura y rendición de cuentas dentro de una empresa, incluida la composición de la junta directiva, la remuneración ejecutiva y la transparencia.
La responsabilidad social ha llevado a un aumento de las acciones legales contra empresas que no cumplen con los estándares de ESG en países de nuestro entorno como Portugal, Holanda, Irlanda, Francia o Alemania.
En Portugal, la Comissão do Mercado de Valores Mobiliários ha creado el área CMVM inov - Polo de Inovação do Mercado de Capitais, que incluye en su estructura un área de actividad relacionada con la innovación en factores de sostenibilidad. La tendencia es clara.
Por su parte, la Unión Europea está poniendo el foco en la transparencia corporativa. Para muestra, un botón: la Comisión Europea comunicó en marzo de 2023 una nueva propuesta de Directiva sobre Reclamaciones Ecológicas, que pretende luchar contra la desinformación que genera el conocido como «greenwashing» o «lavado ecológico», que consiste en realizar afirmaciones poco precisas e incluso falsas sobre las propiedades ecológicas de productos o servicios con el fin de atraer la atención de los consumidores.
Esta nueva normativa podrá dar lugar a importantes batallas legales, lo que podría resultar en sanciones sustanciales y en graves daños a la reputación corporativa.
Así se está comprobando al otro lado del Atlántico. En línea con la propuesta de directiva de la Comisión Europea mencionada más arriba, en EE.UU. se ha conocido la interposición de demandas en virtud de leyes federales sobre publicidad engañosa, cuyos objetivos coinciden sustancialmente con los objetivos perseguidos por la Unión Europea.
Por ejemplo, un accionista demandó recientemente a Delta Airlines ante un tribunal federal de California por hacer supuestamente publicidad falsa de la neutralidad de carbono de la empresa (Mayanna Berrin v. Delta Airlines, Inc) y Coca-Cola fue demandada por un grupo de accionistas alegando que las declaraciones de la empresa sobre los objetivos climáticos y las etiquetas de sus botellas que proclamaban el 100% de origen reciclado eran falsas y engañosas. No obstante, las demandas contra Coca-Cola fueron desestimadas (Earth Island Inst. v. Coca-Cola Co. y Swartz v. Coca-Cola Co.).
Eso no es todo, el mes pasado conocíamos el inicio de una causa penal a instancias de la Guardia Civil[1] y la Fiscalía por la existencia de indicios de la supuesta comisión de delitos ambientales y de prevaricación en la tramitación de las autorizaciones para la instalación de cincuenta y tres parques eólicos y nueve fotovoltaicos.
En España, la evolución de la litigación relacionada con ESG irá ganando impulso en los próximos años fruto de un mayor énfasis en la preservación del medio ambiente.
Para evitar estas repercusiones legales, es indispensable implementar no solo programas de compliance. Se deben fomentar prácticas responsables. Esto pasa por desarrollar políticas laborales justas, promocionar la diversidad y la inclusión, y contribuir de forma positiva a las comunidades locales. La implementación de sistemas de buen gobierno corporativo y la instauración de prácticas comerciales transparentes son fundamentales para generar confianza y fomentar la sostenibilidad a largo plazo.
No cabe duda de que los ricos paisajes naturales y los diversos ecosistemas con los que tenemos la suerte de contar en España han provocado una mayor conciencia sobre la conservación del medio ambiente.
Conocer esta realidad invita a dar un nuevo enfoque a los programas de compliance, valorando no solo los riesgos penales de las conductas, sino también el impacto que los nuevos requisitos regulatorios en materia ambiental pueden suponer, adoptando enfoques más sostenibles.
Está claro que a medida que los factores ESG continúen ganando protagonismo en el panorama empresarial global, la legislación española seguirá comprometida con mantener estos principios a través de nuevas reformas legales.
Pablo Camacho Baena. Abogado en ITER Law
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[1] https://cincodias.elpais.com/cincodias/2023/10/27/legal/1698386322_605405.html