Presente y futuro de la energía hidráulica: un activo estratégico en disputa
El siguiente artículo ha sido publicado en Expansión, 7 de enero de 2026. Puedes acceder a través del siguiente enlace.
Durante décadas, la energía hidráulica ha sido la gran olvidada del debate energético español. No hacía ruido político, generaba pocos titulares y aportaba algo que el sistema daba por hecho: flexibilidad, capacidad de regulación y electricidad relativamente barata. Eso está cambiando rápidamente.
Entre 2025 y 2035, transcurrido el plazo concesional máximo de 75 años, vencen en España numerosas concesiones de explotación de centrales hidroeléctricas, muchas de ellas otorgadas a mediados del siglo XX. Hablamos de activos maduros, ya amortizados, que han proporcionado beneficios muy relevantes a sus titulares privados. Ahora el foco se desplaza a una pregunta incómoda, con implicaciones millonarias: ¿qué hacemos con estas centrales cuando expiren las concesiones?
El marco legal es claro en un punto clave: el agua es de dominio público y, al terminar la concesión por la reversión de las centrales, las obras e instalaciones pasan a ser, en principio, de titularidad pública. No existe un “derecho adquirido” automático a renovar. La Administración competente (generalmente, los organismos de cuenca o confederaciones hidrográficas) puede decidir entre su reversión en el estado en el que se encuentren, para su explotación directa o su licitación de nuevo a operadores privados, o exigir el desmantelamiento y demolición de todas las obras por razones ambientales o de seguridad.
Desde la óptica empresarial, esto abre un escenario de fuerte inseguridad jurídica y de reposicionamiento estratégico. Para las grandes eléctricas, la hidráulica deja de ser una base estable e incuestionada de su mix y pasa a ser un negocio en revisión: tendrán que justificar su continuidad, ofrecer condiciones económicas y ambientales más exigentes y, en algunos casos, asumir que perderán activos que han considerado “propios” durante generaciones.
Al mismo tiempo, las Administraciones están sometidas a presiones cruzadas. Por un lado, el impulso político a fórmulas de gestión pública de la energía y a una mayor recaudación mediante cánones más elevados. Por otro, las obligaciones climáticas y de seguridad de suministro, que requieren justamente lo que la hidráulica ofrece mejor que ninguna otra tecnología: capacidad de almacenamiento (en el caso del bombeo reversible), respuesta rápida ante picos de demanda y servicios de regulación para integrar masivamente la solar y la eólica.
El tercer actor es el regulador ambiental. La jurisprudencia reciente ha reforzado el carácter “no negociable” de los caudales ecológicos y otros estándares de calidad de las masas de agua. Traducido a lenguaje de negocio, esto implica más restricciones operativas, mayor inversión en medidas correctoras (escalas de peces, modernización de compuertas, sistemas de monitorización) y un riesgo real de sanciones, caducidades o incluso obligaciones de demolición si el impacto se considera inasumible.
¿Qué significa todo esto?
Primero, que la hidráulica convencional vive un proceso de selección natural. No todas las centrales sobrevivirán tal y como las hemos conocido. Las mejor situadas serán aquellas que combinen tres atributos: buen encaje ambiental en los planes de cuenca, capacidad de repotenciación (más potencia con la misma agua y menor impacto) y una narrativa sólida de contribución a la estabilidad del sistema eléctrico.
Segundo, que el gran vector de oportunidad es el almacenamiento por bombeo. Los embalses reversibles, capaces de almacenar energía sobrante en horas de baja demanda para devolverla en los picos, son la pieza que falta para que un sistema renovable funcione sin sobresaltos. Sin embargo, su viabilidad económica dependerá de cómo se diseñen los mecanismos de capacidad y de qué señales de precio ofrezca el mercado. Aquí el riesgo regulatorio es tan importante como el riesgo técnico.
Tercero, que la gestión del riesgo jurídico ya no es un asunto “de abogados” sino un factor competitivo central. Para un operador, llegar a la fecha de caducidad con incumplimientos ambientales o concesionales pendientes es prácticamente regalar argumentos a la Administración para no renovar. Por el contrario, una trayectoria sólida de cumplimiento, inversión en modernización y diálogo temprano con los organismos de cuenca puede inclinar la balanza a su favor cuando se decida el futuro de cada aprovechamiento.
Y cuarto, que la conversación sobre “empresa pública sí o no” oculta a menudo el verdadero dilema: cómo repartir riesgos y beneficios en un recurso que es público por definición, pero cuya explotación eficiente requiere capital, tecnología y capacidad de gestión que hoy siguen estando, en gran medida, en manos del sector privado. Sea cual sea el modelo que se adopte –gestión directa, sociedades mixtas, nuevas licitaciones competitivas–, la clave estará en diseñar reglas claras, estables y alineadas con los objetivos climáticos y de biodiversidad.
En definitiva, la hidráulica deja de ser un activo “silencioso” del sistema para convertirse en uno de los terrenos donde se va a jugar una parte muy relevante de la transición energética española. Los próximos años veremos concursos públicos, litigios y reclamaciones, reformas legales y probablemente algún caso emblemático de central que cambia de manos o se desmantela. Para los actores con visión estratégica, no es sólo un riesgo que gestionar: es también una oportunidad para reposicionarse en el centro del nuevo tablero eléctrico.
Miguel Huarte Arregui. Abogado. Socio codirector ITER Law
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